Fallo de la Corte: La causa por la muerte de Nisman pasa a la Justicia Federal
El máximo tribunal decidió dejar sin efecto la sentencia de la Cámara Federal y de esta manera se impone el pedido de la ex pareja del fiscal fallecido, Sandra Arroyo Salgado
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) decidió dejar sin efecto la sentencia de la Cámara Federal y la causa por la muerte del Alberto Nismal pasará al fuero federal. De esta manera se impone el pedido de la ex esposa del fiscal fallecido, Sandra Arroyo Salgado.
La jueza Arroyo Salgado había solicitado el cambio de fuero que en un primer momento le fue otorgado, y la investigación había quedado en manos del juez Julián Ercolini, ahora vuelve a dicho magistrado
Pero ante la apelación del técnico informático Diego Lagomarsino la Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto la medida, y todo volvió a la órbita de la magistrada de instrucción Fabiana Palmaghini.
La semana pasada, la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, avaló que el máximo tribunal entienda en el planteo, al mantener el recurso de "queja" planteado por el fiscal ante la Cámara del Crimen, Ricardo Sáenz, para que la Corte defina la cuestión de la competencia; de todas maneras, el caso hubiera llegado a la Corte por pedido de las querellas.
La fiscalía y las querellas sostienen que Nisman fue asesinado por sus actividades como fiscal, y en tal sentido la competencia de la investigación debe recaer en el fuero federal penal porteño.
Ahora, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti decidieron por "unanimidad dejar sin efecto la sentencia apelada" y declarar "la competencia de la justicia federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", para que atienda la cusa en la que se investiga la muerte del fiscal Natalio Alberto Nisman.
Dentro de los considerandos más importantes sobresale:
... "8°) Que, por cierto, al menos hipotéticamente, no sería posible descartar de plano la posibilidad de que la muerte del fiscal Nisman hubiera sido fruto de su propia decisión libre y voluntaria, y sin ninguna intervención de terceros. Sin embargo, aun en ese caso, la evidente incidencia en el normal desarrollo de investigaciones federales y las presuntas motivaciones del hecho -que en cualquiera de los supuestos que se examinan en este proceso penal no parecen ser extrañas a la función desempeñada por el Dr. Nisman- imponen que sea el fuero de excepción el que continúe conociendo en el sumario..."
... "Que cabe recordar que es doctrina inveterada de este Tribunal la competencia federal con relación al juzgamiento de delitos comunes cometidos contra o por funcionarios federales en ejercicio de sus tareas. Este criterio se ha aplicado a supuestos de diversa naturaleza, que abarcan empleados de ferrocarriles (Fallos: 194:82 y 239:439), ayudante de la Prefectura Nacional Marítima mientras cumplía servicios en el puerto de la Capital Federal (Fallos: 236:296), entre otros..."
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