28 de Agosto de 2026 - 11:02

Reforma de la Carta Orgánica del Banco Central: las claves del proyecto aprobado en Diputados

La Cámara de Diputados aprobó la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA), una iniciativa que modifica el funcionamiento de la entidad y, especialmente, su relación financiera con el Tesoro nacional.

El eje central del proyecto que obtuvo media sanción este miércoles en una sesión especial en el Congreso es la eliminación completa de las vías mediante las cuales el BCRA puede financiar al sector público.

Las claves de la reforma del Banco Central aprobada en Diputados 

La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central limita el financiamiento al sector público, establece nuevas condiciones para las utilidades del BCRA, modifica el mecanismo para remover a sus autoridades, redefine el mandato del organismo, incorpora un régimen para sanear su balance y actualiza las reglas para el manejo de las reservas.

En términos generales, la iniciativa busca revertir modificaciones introducidas en 2012 durante la gestión kirchnerista, cuando se amplió el mandato del Banco Central y se flexibilizaron los mecanismos de asistencia financiera al Estado.

A continuación, las claves del proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central aprobado en Diputados. 

1. El Banco Central ya no podrá financiar al Tesoro

Uno de los principales cambios de la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central apunta a eliminar los mecanismos de financiamiento del Gobierno a través de la autoridad monetaria.

El artículo 17 del proyecto deroga el artículo 20 de la Carta Orgánica vigente, que regula los adelantos transitorios que el BCRA puede otorgar al Gobierno nacional.

Hasta 2012, estos adelantos tenían un plazo máximo de doce meses y no podían superar el 12% de la base monetaria, con la posibilidad de agregar otro 10% de la recaudación obtenida por el Gobierno en el último año.

La reforma de 2012 elevó esos límites e incorporó un adicional del 10% de la recaudación con carácter excepcional. Según los fundamentos del proyecto, esa excepción terminó aplicándose de manera sistemática.

El mensaje que acompaña la iniciativa sostiene que, bajo ese esquema, la actual administración podría haber girado al Tesoro hasta $36.600.000.000.000 mediante adelantos transitorios. Esa cifra, según el documento, se encuentra por encima del 80% de la base monetaria actual.

Pero el proyecto no se limita a eliminar los adelantos transitorios. También prohíbe que el Banco Central otorgue préstamos al Gobierno nacional, a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios.

Además, impide que el BCRA compre títulos públicos del Estado nacional en el mercado primario y elimina la posibilidad de adelantar fondos para atender servicios de deuda pública.

La reforma también deroga el concepto de reservas de libre disponibilidad, establecido por la ley de convertibilidad de 1991.

Según el mensaje oficial, ese mecanismo permitió durante dos décadas que el Tesoro accediera a reservas internacionales del BCRA y dejó como resultado letras intransferibles en el activo del Banco por USD 69.400 millones a abril de 2025.

2. Saneamiento del balance: qué pasa con las letras intransferibles

El proyecto de reforma de la Carta Orgánica del BCRA incorpora un régimen transitorio destinado al saneamiento del balance de la entidad.

Mientras no se hayan cancelado completamente las letras intransferibles y los adelantos transitorios que el Estado nacional mantiene con el Banco Central, una parte del resultado del ejercicio será puesta a disposición del Gobierno con un objetivo específico: cancelar esas obligaciones.

La iniciativa también establece que los vencimientos de los adelantos transitorios serán prorrogados de pleno derecho hasta su cancelación total.

En cuanto a las letras intransferibles, el proyecto mantiene las condiciones originales de emisión y contempla, además, lo que establezca en cada oportunidad la ley de presupuesto nacional.

3. Las utilidades del Banco Central tendrán nuevas restricciones

Otro de los cambios de la reforma está relacionado con las utilidades del Banco Central y con la posibilidad de transferirlas al Estado.

La nueva redacción establece que sólo se podrán distribuir utilidades realizadas y líquidas. Quedan excluidos expresamente los resultados originados en variaciones del tipo de cambio o en el valor del oro.

La parte del resultado que provenga de esos factores pasará a integrar una cuenta de capital del Banco.

Por otro lado, los demás resultados no realizados deberán permanecer depositados en una reserva especial y no podrán ser transferidos al Gobierno hasta que efectivamente se concreten.

El nuevo artículo 38 establece además que la reserva general y las demás reservas de resultados deberán representar, como mínimo, el 50% del capital del Banco antes de habilitar una transferencia.

Cuando esa transferencia sea autorizada, deberá utilizarse exclusivamente para cancelar deuda pública.

Los fundamentos de la iniciativa sostienen que el objetivo es cerrar una vía que permitía al BCRA transferir al Tesoro resultados puramente contables generados por la revaluación en pesos de sus activos en dólares cuando se depreciaba la moneda nacional.

El mensaje oficial considera que ese mecanismo fue una de las principales debilidades del sistema vigente y señala que fue utilizado por todas las administraciones posteriores a la convertibilidad, incluida la actual gestión de Milei.

4. Cambian las condiciones para remover a las autoridades del BCRA

La reforma de la Carta Orgánica del Banco Central también modifica las reglas para la remoción de los integrantes del directorio.

El artículo 3 fija causales taxativas para la remoción de los integrantes del directorio, entre ellas la falta grave y manifiesta en el ejercicio de sus funciones. Esa falta deberá surgir de hechos precisos e inequívocos.

El nuevo mecanismo establece que la remoción deberá realizarse mediante un decreto del Poder Ejecutivo, pero previamente tendrá que contar con la aprobación de ambas cámaras del Congreso por una mayoría especial de dos tercios de los miembros presentes.

El proyecto elimina la intervención de una comisión bicameral que había sido incorporada en 2010, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, cuando se intentó desplazar de la presidencia del Banco Central a Martín Redrado.

También elimina la posibilidad de que el Poder Ejecutivo remueva por decisión propia a un integrante del directorio sin acreditar la falta grave establecida por la norma.

A su vez, el proyecto elimina la participación de un representante del Ministerio de Economía en las reuniones del Directorio del Banco Central.

También deroga la obligación de que el organismo emita una opinión previa sobre el impacto en la balanza de pagos de las operaciones de crédito público externo. El mensaje oficial considera que ese requisito constituye una traba burocrática sin peso real en las decisiones.

5. El BCRA tendrá un único mandato: preservar el valor de la moneda

Uno de los cambios centrales de la iniciativa es la redefinición del mandato del Banco Central.

El artículo 1 del proyecto redefine la misión del BCRA y reemplaza el actual artículo 3 de la Carta Orgánica.

La nueva redacción establece que la misión única, primaria y fundamental de la entidad será preservar el valor de la moneda.

Esto reemplaza el esquema establecido con la reforma de 2012, que asigna al BCRA la finalidad de promover, en el marco de las políticas del Gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social.

Los fundamentos del proyecto sostienen que esa multiplicidad de objetivos diluye la responsabilidad del organismo, porque un banco central al que se le encomienda todo no puede ser evaluado por nada.

El texto agrega que la política monetaria solo puede perseguir de manera efectiva la estabilidad de precios, por lo que imponerle metas adicionales implica desconocer limitaciones empíricas básicas del instrumento.

Como parte de este cambio, el proyecto también elimina del directorio la facultad de orientar el crédito hacia las pymes o las economías regionales.

El argumento planteado en los fundamentos es que ese tipo de políticas corresponde a una banca de fomento y no a un banco central.

6. Cambios en las reservas y en el funcionamiento operativo del BCRA

El sexto eje de la reforma del Banco Central reúne modificaciones relacionadas con las operaciones de la entidad y el manejo de sus reservas.

El proyecto habilita al BCRA a operar con títulos públicos, divisas y otros activos financieros con fines de regulación monetaria, cambiaria, financiera y crediticia.

Estas operaciones deberán realizarse a precios de mercado o, cuando eso no sea posible, mediante mecanismos técnicos equivalentes. Esa exigencia no figura en la Carta Orgánica actual.

La iniciativa también incorpora la inembargabilidad de los bienes que integran las reservas y especifica cuáles son los activos externos que pueden utilizarse para su inversión, entre ellos el oro y los activos financieros líquidos.

Esta protección dependía hasta ahora de la ley de convertibilidad de 1991.

Además, el proyecto permite utilizar esos activos como garantía en operaciones propias de banca central y excluye a los contratos financieros internacionales celebrados por el organismo de una restricción legal que actualmente los alcanza.

Por último, la reforma concentra en el Banco Central la función regulatoria sobre los sistemas de pago y las cámaras liquidadoras y compensadoras.

También deroga una regla de intervención cambiaria y otras disposiciones que permanecían vigentes del régimen de convertibilidad de la década de 1990.

Qué cambia con la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central

En síntesis, el proyecto aprobado por Diputados modifica seis áreas de la Carta Orgánica del BCRA:

  • Financiamiento al Estado: elimina los adelantos transitorios y prohíbe distintas formas de asistencia financiera al sector público.

  • Balance del BCRA: establece un régimen transitorio para cancelar las letras intransferibles y los adelantos transitorios.

  • Utilidades: limita las transferencias al Estado a utilidades realizadas y líquidas y establece nuevas condiciones para distribuirlas.

  • Autoridades: endurece las condiciones para remover a los integrantes del directorio.

  • Mandato: establece como misión única, primaria y fundamental preservar el valor de la moneda.

  • Reservas y operaciones: incorpora nuevas reglas para el manejo de activos externos, las reservas y los sistemas de pago.

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