11 de Octubre de 2016 - 11:34

Alias CBU: los clientes bancarios lo podrán elegir para identificar sus cuentas

Con el objetivo es agilizar y facilitar la realización de transferencias por Internet y banca móvil, el Banco Central dispuso la creación del "alias CBU". Se  podrá asociar un seudónimo a cada una de las Claves Bancarias Uniformes. 

El Banco Central dispuso la creación del "alias CBU"  Con el objetivo de facilitar las transferencias a través de Internet o desde el celular. La medida le permitirá a los usuarios asociar un alias a cada una de sus Claves Bancarias Uniformes (CBU).

La operatoria será de cumplimiento obligatorio el primer día hábil siguiente al vencimiento de un plazo de 120 días corridos desde este martes.

Disponible en banca por Internet y en banca móvil, el "alias CBU" permitirá al cliente bancario incorporar un seudónimo a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU), y así al informar sus datos a un emisor de transferencia o generador de pago, sólo deberá indicar el alias previamente asignado a la cuenta en la que desee recibir la transacción.

Por su parte, el emisor de la transferencia o el generador del pago, a través de los respectivos aplicativos para llevar a cabo su gestión, deberá ingresar el alias de la cuenta receptora para su realización, sin necesidad de indicar la CBU correspondiente.

Los alias deberán tener una longitud máxima de 14 caracteres, sean letras, números o ambos. Su función será la de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con una CBU/cuenta.

Los usuarios alcanzados serán personas humanas y jurídicas, titulares de cajas de ahorro y cuentas corrientes en entidades financieras; y las cuentas alcanzadas, cajas de ahorro y cuentas corrientes habilitadas a efectuar transferencias.

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