02 de Septiembre de 2026 - 20:42

Condena a prisión a un ex subdirector de la AFIP, tras la primicia de Minuto de Cierre sobre propiedades en el exterior no declaradas

El juez federal Julián Ercolini condenó a seis meses de prisión en suspenso al exdirector de Personal de la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Pablo Brula, por omisión maliciosa de datos en su declaración jurada patrimonial. El magistrado dio por probado que el exfuncionario no declaró una sociedad constituida en Florida, Estados Unidos, ni los inmuebles, cuentas y movimientos vinculados con esa estructura.

La causa que terminó con la condena se inició luego de una primicia de Minuto de Cierre, que reveló la existencia de la sociedad offshore no declarada y las propiedades que Brula tenía en el exterior. La investigación periodística publicada por este medio expuso la situación patrimonial que posteriormente quedó bajo análisis de la Justicia.

Además de los seis meses de prisión de ejecución condicional, el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal 10 impuso a Brula inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, reglas de conducta durante seis meses y la prohibición de salir del país, con retención de sus pasaportes argentino y esloveno.

La sentencia fue conocida después del juicio oral realizado el 26 de agosto pasado, que estuvo a cargo de Ercolini de manera unipersonal. La acusación fue sostenida por el fiscal federal Franco Picardi en los tribunales federales de Comodoro Py 2002.

La causa contra Pablo Brula y la offshore no declarada

De acuerdo con el fallo, Brula omitió “de manera reiterada y sostenida” informar ante la Oficina Anticorrupción su participación en B&Q Investments LLC, una sociedad constituida el 2 de mayo de 2011 junto con su esposa, en partes iguales.

El entonces funcionario de carrera quedó obligado a presentar una declaración jurada patrimonial integral luego de su designación como director interino de la Dirección de Personal de la AFIP, el 17 de diciembre de 2015, durante la presidencia de Mauricio Macri. 

A partir de ese momento presentó siete declaraciones juradas, aunque la acusación se concentró en tres: la inicial “2014 Original”, presentada el 29 de febrero de 2016; la “2015 Original”, presentada el 6 de junio de 2016; y la “ANUAL 2016 Original”, presentada el 1 de agosto de 2017.

“La omisión no se limitó a una única declaración jurada: se trató de una conducta reiterada y sostenida a lo largo de las tres declaraciones que forman parte de la acusación”, señaló la sentencia.

El fallo determinó que Brula no había informado la existencia de B&Q Investments LLC ni un inmueble ubicado en Riviera Beach, Florida, adquirido por un valor aproximado de 65.000 dólares.

En la siguiente presentación tampoco declaró que esa propiedad había sido vendida el 4 de junio de 2015 y que el dinero obtenido había sido transferido a una cuenta abierta en Citibank, sucursal Surfside Beach, Florida.

La declaración correspondiente a 2016 también fue cuestionada por la Justicia. Según el magistrado, Brula omitió informar la adquisición de un segundo inmueble en Pompano Beach, Florida, por 90.000 dólares, además de su posterior venta por un monto aproximado de 80.926 dólares y el dinero en efectivo recibido como consecuencia de esa operación.

La sentencia enumeró las omisiones y señaló que el exfuncionario no declaró “la existencia de la sociedad B&Q Investments LLC”, el primer inmueble, la venta de esa propiedad, la cuenta bancaria donde se depositó el producido, la compra y venta del segundo inmueble, “el dinero en efectivo percibido como producto de esa venta” y “los resultados de la explotación en alquiler de ambos inmuebles”.

El juez descartó que se tratara de un error

Uno de los puntos centrales del juicio fue determinar si las omisiones habían sido producto de un error al completar las declaraciones juradas o si existió una conducta deliberada.

La defensa sostuvo que se había tratado de un error cometido al confeccionar la primera declaración. Sin embargo, Ercolini rechazó ese argumento al considerar que “no se trató de un olvido puntual circunscrito a una sola presentación, sino de un patrón sostenido frente a dos organismos de control distintos”, en referencia a la Oficina Anticorrupción y al propio organismo recaudador.

El magistrado también remarcó que las omisiones no fueron corregidas en las presentaciones posteriores. A esto agregó que la sociedad tampoco había sido declarada ante la AFIP entre 2011 y 2020, antes del ingreso de Brula al régimen de declaraciones juradas ante la Oficina Anticorrupción.

Para Ercolini, estos elementos permitieron descartar que se hubiera tratado de una equivocación aislada. En ese sentido, concluyó que la reiteración de las omisiones demostraba “el necesario conocimiento de sus omisiones y la deliberada intención de inducir a error a los organismos de control sobre su verdadera situación patrimonial”.

La trayectoria de Brula y el deber de declarar su patrimonio

El juez también tuvo en cuenta la formación profesional y la extensa trayectoria de Brula dentro de la AFIP. El condenado es licenciado en Administración por la Universidad de Buenos Aires, tiene una maestría en Dirección de Recursos Humanos por la Universidad del CEMA y otra en Administración y Políticas Públicas por la Universidad de San Andrés.

Brula ingresó a la AFIP en 1990 y pasó por distintas áreas de auditoría. Además, fue jefe del Departamento Administración de Personal entre 2004 y 2015, director de Personal desde diciembre de 2015, durante la presidencia de Mauricio Macri, y posteriormente subdirector general de Recursos Humanos. Brula y otros funcionarios ligados al PRO continuaron en puestos jerárquicos también cuando Mercedes Marcó del Pont conducía el organismo recaudador. 

Sobre este período en la AFIP, Minuto de cierre publicó varias notas:   

El equipo de Marcó del Pont cercano al PRO: la directora de Aduana, tres subdirectores y el vocero en la sombras

La AFIP armó un grupo de tareas contra Oil Combustibles, del cual formó parte Juan Capello, actual subdirector

“Esa formación universitaria y esa extensa trayectoria de más de treinta años en el organismo nacional permiten descartar que Brula pudiera desconocer, por impericia o inexperiencia, el alcance de su deber de declarar la totalidad de su patrimonio”, sostuvo el fallo.

En la misma línea, Ercolini señaló que “quien alcanzó los cargos de Director de Personal y, luego, de Subdirector General de Recursos Humanos en el propio ente recaudador nacional, no podía ignorar que la normativa vigente exige declarar el patrimonio integral del funcionario público, tanto en el país como en el extranjero”.

La conducta fue encuadrada en el delito previsto en el artículo 268, inciso 3, del Código Penal, que sanciona la omisión maliciosa de datos en la declaración jurada patrimonial de un funcionario público.

“Decidió ocultar toda su situación patrimonial en el extranjero en sus declaraciones ante el propio organismo en el que se desempeñaba” y esa conducta resultó “claramente contraria al código de ética de la institución”, sostuvo la sentencia.

El juez agregó que Brula presentó sus declaraciones “en discordancia con su real situación patrimonial, ocultando de manera sistemática” la existencia de la sociedad en el extranjero, los inmuebles adquiridos por su intermedio, la cuenta bancaria y el dinero obtenido.

Como consecuencia de la condena, Brula deberá cumplir seis meses de prisión en suspenso y quedó inhabilitado de manera especial y perpetua para ejercer cargos públicos. Además, deberá cumplir reglas de conducta durante seis meses: fijar domicilio, no ausentarse por más de 24 horas sin avisar al tribunal, comparecer una vez por mes ante el juzgado y presentarse cada vez que sea citado.

La Justicia también dispuso la prohibición de salida del país y la retención de sus pasaportes. Durante sus últimas palabras, Brula había informado que tenía previsto viajar a Eslovenia 48 horas después del veredicto, algo que, a partir de la decisión judicial, no podrá hacer.

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