18 de Septiembre de 2017 - 15:51

Mafia de los contenedores: Confirman sobreseimiento de Gómez Centurión

La sala II de la Cámara Federal penal porteña confirmó el sobreseimiento del administrador de aduanas, Juan José Gómez Centurión, en una querella iniciada por el transportista Miguel Paolantonio.

Con el patrocinio de los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, el transportista Miguel Paolantonio había denunciado el año pasado al administrador de aduanas, Juan José Gómez Centurión por la presunta comisión de los delitos de violación de secretos, abuso de autoridad, falso testimonio y encubrimiento, pero el titular de la Aduana fue sobreseído por el juez Marcelo Martínez de Giorgi en un fallo confirmado ahora por sus superiores de la Cámara Federal.

Todo se había iniciado con una investigación del periodista Matías Longoni publicada por Clarín relacionada con la causa conocida como la de la "mafia de los contenedores", la misma en la que está preso Claudio Minnicelli, el cuñado del ex ministro de Planificación Julio De Vido. A raíz de otra causa paralela relacionada con la "mafia de los contenedores", Gómez Centurión fue separado preventivamente de su cargo el año pasado, y luego repuesto, por el gobierno de Mauricio Macri.

De acuerdo con Paolantonio, Gómez Centurión "habría accedido a elementos obtenidos en forma ilícita", según reseñó el fallo de Cámara, a partir de mails y capturas de pantalla aportadas por Longoni a la Justicia en lo Penal Económico a partir de sus investigaciones. Pero el periodista, además de reseñar cómo había obtenido parte de su información, hizo uso del derecho de reservarse el nombre de quien le había proporcionado parte de los datos.

La sala II de la Cámara Federal penal porteña reivindicó el derecho de los periodistas a no revelar la identidad de sus fuentes de información al confirmar el sobreseimiento de Gómez Centurión , en una querella iniciada sobre la llamada "mafia de los contenedores".

"Según los postulados de la doctrina sobre la materia, entre los aspectos esenciales de la libertad de prensa, como derecho reconocido y de ejercicio garantizado por la Constitución Nacional y los pactos internacionales con esa jerarquía, se inscriben el acceso libre a las fuentes de información, la posibilidad de recoger noticias, transmitirlas y difundirlas, y de resguardar razonablemente el secreto de la fuente de la que se han obtenido", dijeron los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah en un fallo firmado el viernes y conocido hoy.

 

 

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