27 de Junio de 2017 - 22:17

Fallo por sobreprecios a dueños de Esme, proveedor de Farmacity y Carrefour

Un fallo judicial clarísimo, que procesa y embarga a ocho involucrados. Y que, además, detalla el mecanismo de sobreprecios, contrabando y lavado de activos que usaba Laboratorios Esme.  La sentencia del juez penal económico Marcelo Aguinsky que, en empresas con un gobierno corporativo claro, haría que den de baja como proveedor a esta empresa.

En una Argentina de hiperinflación judicial, los fallos más clarosa pueden pasar desapercibidos. Pero no debería ser así. En un país con escasa corrupción, una compañía acusada de sobrefacturarle al chavismo, difícilmente tendría éxito comercial. Y menos aún, con una cadena comercial que pertenece a un funcionario del actual Gobierno, que supuestamente busca combatir o desterrar la corrupción del anterior.

Sin embargo, ninguno de esos países ideales es la Argentina. Por el contrario, Laboratorios Esme no sólo es proveedora de Farmacity, del vicejefe de Gabinete Mario Quintana; sino también de importantes supermercados como Jumbo, Wal Mart o Carrefour. Si los directivos de estas empresas leyeran el auto de procesamiento del juez Marcelo Aguinsky, por lo menos sospecharían de los circuitos de control de sus propias compañías, o preventivamente suspenderían a ESME en su calidad de proveedor.

Como seguramente los directivos de Farmacity, Carrefour, Jumbo, Wal Mart o La Anónima no leyeron el fallo, Minuto de Cierre les hace un resumen:

-Se le dicta procesamiento sin prisión preventiva, pero con embargo de $ 10 millones, a Juan José Levy, Alejandro Javier Levy y Carlos Alberto Levy. También son procesados, sin prisión pero con embargos de $ 1 millón cada uno, Juan Ignacio Simó, Miguel Alvaro Romero, Horacio Ismael Beresñak, Julio César Barlocco y Julián Francisco Rubio.

-El fallo habla claramente de contrabando y sobreprecios. Allí se dice que la “Imputación A” es por “Contrabando de exportación de mercaderías a través de hechos que se  habrían  materializado  entre  los  años  2011  y  2015 en  el  marco  de  un contrato  de  suministros  suscripto  entre  LABORATORIOS  ESME  SAIC  y  la empresa estatal venezolana SUVINCA para así exportar bienes a esta última declarando  en  los  respectivos  despachos  de  exportación,  documentados  a nombre  de  LABORATORIOS  ESME  SAIC,  importes  sobrevaluados  de  la mercadería, fletes y seguros, burlando, de esta forma, el control del servicio aduanero  sobre  aquellas  exportaciones,  de  modo  que recibieron  un tratamiento aduanero y fiscal distinto al correspondiente, generándose en el caso una sobrevaloración sobre cuya base se estableció el pago de reintegros”. Y también se señala que “en algunos despachos de exportación se observan sobreprecios de la mercadería  en  razón  de  que  aquéllos  son  muy  superiores  a  los  precios  de venta  a  Venezuela  de  iguales  productos  por  parte  de otras  empresas  en periodos similares”.

-Con respecto al lavado de activos, el fallo dice lo siguiente: “Para el periodo comprendido entre enero de 2011 y julio de 2016, el valor CIF de las exportaciones de LABORATORIOS ESME SAIC a la empresa  SUVINCA  habría  sido  de U$S49.281.502,65,  mientras  que  las liquidaciones  de  divisas  de  la  empresa  argentina  en ese  mismo  período habrían  alcanzado  un  total  de  U$S88.269.655,  de  modo  tal  que  las exportaciones realizadas por LABORATORIOS ESME SAIC representarían solo un 55,83% del total de divisas liquidadas, quedando pendiente la aplicación de U$S38.988.152,35 recibidos por LABORATORIOS ESME SAIC en concepto de anticipos. En  esas  condiciones  es  posible  suponer    que  en el marco  de  aquel contrato de suministros entre LABORATORIOS ESME SAIC y SUVINCA también se habría incurrido en delitos de lavado de activos, desde que, a través de LABORATORIOS  ESME  SAIC  se  habrían  canalizado  importantes  sumas  de dinero, motivadas en el presunto anticipo de los montos totales a cuenta del contrato  de  suministro,  que  no  habrían  sido  destinados  a  realizar  las contraprestaciones  en  la  medida  convenida  y  que  tendrían  un  origen respecto  del  cual  no  podría  descartarse  su  ilicitud, ya  que  resultarían provenientes de la defraudación al Estado venezolano”.

-En el fallo también se cuenta que, gracias a la complicidad del Estado venezolano, Laboratorios ESME le ganó concursos deslealmente a un proveedor de la talla de Johnson & Johnson. “En ese orden, se indica que, para el producto toallas femeninas, la empresa JOHNSON YJOHNSON DE ARG. S.A. registró, para 611.136 unidades, un precio  unitario de U$S 0,038 por unidad; mientras que LABORATORIOS  ESME  SAIC  registró  exportaciones  por  2.600.320 unidades del producto a un precio unitario promedio de U$S 0,167 por unidad.  La  diferencia  de  precios  se  traduce  en  que el  producto comercializado  por  ESME  es  un  339%  más  caro”.

Por todo ello, los ocho dueños o directivos de Esme fueron procesados sin prisión preventiva, y embargados desde un millón hasta diez millones de pesos.

La curiosidad es que la empresa, donde no consta ningún cambio de dueños, sigue siendo proveedora de firmas que le deben prolijidad a sus accionistas, pero no la ejercen hacia abajo en este caso.

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