20 de Octubre de 2016 - 08:18

Encargados de consorcio tiene mejor convenio que maestranza y comercio

Un informe elaborado por la UADE concluye que el Convenio Colectivo de Trabajo de encargados de consorcios es más favorable al trabajador que los de maestranza y comercio.

La  Universidad Argentina de la Empresa investigó la diferencia en el convenio laboral entre los encargados de consorcios y trabajadores de maestranza y comercio y arribó a las siguientes conclusiones.

En términos cuantitativos, en rubros como salarios base, licencias con goce de haberes, vacaciones y adicionales remunerativos los encargados de consorcios cuentan con mayores beneficios. 

A su vez, en términos cualitativos, todos aquellos rubros donde se identifican condiciones más beneficiosas que en sus similares son rubros que impactan de forma directa en el salario y/o en los costos del empleador (consorcios).

Por último, se observa que en aquellos rubros en donde el instrumento de encargados no presenta condiciones ostensiblemente más beneficiosas – ej. licencias sin goce, jornada laboral-, el tratamiento otorgado es similar al de los otros dos convenios, y todos ellos a los estándares legales.

Detalle de ventajas comparativas

El salario base de un encargado permanente sin vivienda es aproximadamente un 40% más alto que aquel de un oficial de maestranza dependiente de una empresa de limpieza que preste servicios en un consorcio, y un 10% más elevado que el de un empleado de categoría maestranza de un comercio ($ 14.000 encargado de consorcio vs. $ 8.500 oficial de maestranza y $ 12.900 comercio).

Las vacaciones se contabilizan en días hábiles y se otorgan mayor cantidad de días que los necesarios para alcanzar los mínimos legales, extendiendo el periodo vacacional anual.

 A partir del 5º año de antigüedad el salario vacacional se duplica, y a partir del 10º año se triplica, beneficio que no se encuentra en la Ley o en los convenios comparados.

 Se prevé un adicional del 10% del salario básico por la obtención de un título especializado de Encargado de Consorcio, que otorga el propio gremio de la actividad (FATERyH).

Se otorgan 40hs anuales y hasta 5 permisos anuales con goce de haberes para concurrir a eventos culturales y capacitación brindada por el gremio de la actividad (FATERyH).

El Convenio les otorga a los encargados de consorcios  cantidad de adicionales remunerativos al salario básico (9 vs. 6 maestranza y 7 comercio) y mayor cantidad de licencias con goce de haberes que los convenios comparados (12 vs. 8 maestranza y 10 comercios).

En los convenios colectivos comparados la licencia sin goce de haberes se acuerda –por la extensión que fuera-, para el cuidado de cónyuge, ascendientes o descendientes. Para el convenio de encargados, la licencia sin goce de haberes se otorga de forma incausada y por plazos mayores (3 y 6 meses).

 

Investigación UADE - Encargados de Edificios vs Empleados de Maestranza (Septiembre 2016) by Minuto de Cierre on Scribd

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