15 de Octubre de 2025 - 12:20

La defensa de Lázaro Báez presentó un hábeas corpus urgente por riesgo de vida y pidió que vuelva al arresto domiciliario

La abogada del empresario, Yanina Nicoletti, denunció un agravamiento de las condiciones de detención y la falta de atención médica en la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal de Río Gallegos. El pedido fue presentado ante el juez federal de ejecución penal, Néstor Costabel.

La defensa del empresario Lázaro Antonio Báez presentó un hábeas corpus correctivo y urgente ante la Justicia Federal, argumentando que su vida corre peligro debido a la falta de atención médica adecuada y al deterioro de las condiciones de detención en la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal, ubicada en Río Gallegos, provincia de Santa Cruz.

La presentación fue realizada por su abogada, Yanina Nicoletti, quien invocó los artículos 43 de la Constitución Nacional y 3 inciso 2 de la Ley 23.098 de Hábeas Corpus, al considerar que existe un “agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención” del empresario, actualmente de 69 años.

Nicoletti solicitó que se ordene la inmediata externación médica de Báez y su internación en un centro de salud especializado, con el fin de resguardar su vida e integridad física. Además, pidió que posteriormente se restituya el arresto domiciliario que el empresario había tenido hasta junio de 2025.

Antecedentes: el arresto domiciliario y el traslado a la cárcel

Según consta en la presentación judicial, Lázaro Báez había obtenido el beneficio del arresto domiciliario en marzo de 2020, cuando el Juzgado Federal N° 7 consideró los informes médicos que daban cuenta de su delicado estado de salud.

Entre las patologías diagnosticadas entonces se mencionaban hipertensión arterial, arritmia ventricular, diabetes tipo II y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC). Durante los años que permaneció en su domicilio, no se registraron incumplimientos de las condiciones impuestas por el tribunal.

Sin embargo, en junio de 2025, el Tribunal Oral Federal N° 4 dispuso el traslado de Báez a la Unidad 15 de Río Gallegos, sin evaluar previamente el impacto que esa decisión tendría sobre su estado de salud. La defensa consideró que esa medida “agravó ilegítimamente las condiciones de detención” y expuso al empresario “a un riesgo concreto y cierto para su vida”.

Denuncian condiciones inhumanas y falta de control judicial

En el hábeas corpus, Nicoletti describió que Báez se encuentra alojado en un sector conocido como “buzón” o “leonera”, un espacio reducido y sin condiciones de habitabilidad mínima. Según la defensa, el lugar carece de baño, ventilación adecuada, higiene y alimentación apropiada. Además, Báez permanece aislado más del 90% del tiempo, sin contacto con otros internos ni acceso a actividades recreativas o sociales.

La abogada sostuvo que la falta de asistencia médica especializada agrava el cuadro. Según el documento presentado, el 14 de octubre de 2025 Báez fue trasladado al Hospital Regional de Río Gallegos para ser atendido por el cardiólogo Facundo Barrientos Cánovas, pero el profesional se habría limitado a una observación superficial, sin realizar estudios básicos como un electrocardiograma o un ecocardiograma.

La defensa adjuntó además un informe médico del doctor Mariano Kamelman Levitin, fechado el 7 de octubre, donde se advertía que el interno podía sufrir “un infarto o muerte súbita” si no recibía atención inmediata. Pese a ello, la abogada señaló que el juez de ejecución Néstor Costabel solo “tuvo presente el informe” sin disponer medidas concretas para garantizar la atención médica ni ordenar el traslado hospitalario de urgencia.

“Inacción judicial y violación de derechos humanos”

Nicoletti acusó al magistrado de omisión judicial e incumplimiento del deber de garante, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establecen la obligación del Estado de proteger la salud de las personas detenidas.

“Las personas privadas de libertad están en una situación especial de vulnerabilidad, y el Estado se encuentra en posición de garante de sus derechos”, recordó la defensa, citando el caso Cantoral Benavides vs. Perú y el caso Mendoza y otros vs. Argentina, entre otros precedentes.

El escrito sostiene que mantener a Báez en la cárcel de Río Gallegos en las condiciones actuales constituye un trato cruel, inhumano y degradante, prohibido por el artículo 18 de la Constitución Nacional, el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

La defensa pide medidas urgentes

El pedido incluye cuatro puntos principales:

  1. Reconocimiento del hábeas corpus correctivo y humanitario en favor de Lázaro Báez.

  2. Declaración del agravamiento ilegítimo de la detención y de la omisión médica grave.

  3. Internación inmediata en un centro médico especializado.

  4. Restitución del arresto domiciliario, una vez garantizada la atención sanitaria.

La presentación invoca las Reglas Mandela (Reglas Mínimas de la ONU para el Tratamiento de los Reclusos) y diversas normas internacionales que exigen condiciones dignas de detención y acceso efectivo a la salud.

Contexto judicial del caso Báez

Lázaro Báez, exempresario ligado a la obra pública durante el kirchnerismo, fue condenado en 2021 a 12 años de prisión por lavado de dinero en la causa conocida como Ruta del dinero K.

Desde su detención en 2016, su situación procesal ha pasado por distintos tribunales y medidas de morigeración, incluyendo períodos de prisión preventiva, arresto domiciliario y reclusión en establecimientos del Servicio Penitenciario Federal.

El actual hábeas corpus apunta específicamente al impacto de la reclusión carcelaria sobre su salud y a la responsabilidad judicial en garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

Qué puede resolver la Justicia

El juez federal de ejecución penal Néstor Costabel deberá analizar la presentación y determinar si corresponde ordenar la internación médica urgente o restituir el arresto domiciliario del empresario, tal como solicita la defensa.

En paralelo, la resolución podría implicar la intervención del Cuerpo Médico Forense o del Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles, que supervisa las condiciones de detención y el cumplimiento de estándares internacionales en materia de derechos humanos.

 

Comentarios