18 de Diciembre de 2018 - 17:19

Justicia: La Corte Suprema declaró inconstitucional el índice que utiliza Anses

Por cuatro votos a uno, el tribunal se expidió a favor del jubilado Blanco y en contra de la Anses en un caso sobre el índice de cálculo del haber jubilatorio y de actualización de sentencias.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, con el voto de los Dres. Maqueda, Lorenzetti y Rosatti, confirmó la aplicación del precedente “Elliff” del año 2009, que estableció que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones debían actualizarse por el ISBIC (índice de salarios básicos de la industria y la construcción) sin el límite temporal de la ley de convertibilidad 23.928 que la ANSeS había fijado en su resolución 140/95.

Asimismo, declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social N° 1/2018 que cambiaban el índice ISBIC por la variación del RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), y decidió comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia a fin de que, en un plazo razonable, fije el indicador para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial.

Hasta que ello ocurra, la actualización se hará por aplicación del citado ISBIC a las causas pendientes de resolución. La Dra. Highton, en un voto concurrente con la mayoría, consideró que tanto la resolución de ANSeS N° 56/2018, como la de la secretaría de Seguridad Social N°1/2018, habían sido dictadas por dichos organismos sin tener la competencia para hacerlo. De ahí que les cabía la sanción de nulidad absoluta establecida en el art. 99, inciso 3 de la Constitución Nacional

En disidencia, el Dr. Rozenkrantz, consideró que la atribución de fijar el índice de actualización no es privativa del Poder Legislativo y que podía ejercerla el Poder Ejecutivo a través de la ANSeS y la Secretaría de Seguridad Social.

Anteriormente, para calcular esos aumentos se aplicaba el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), pero la ANSeS comenzó a utilizar desde hace un tiempo el indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

La causa que llegó hasta la Corte Suprema se inició a partir del reclamo de Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en el 2003 y comenzó una disputa legal con el Estado por la actualización de sus haberes. El demandante ganó aquel juicio en su momento, pero ahora se discute qué índice debe aplicar el Gobierno para hacer efectivo el pago de los incrementos.

 

 

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