Blanqueo: "El Gobierno no debe modificar leyes por decreto"
Natalia Volosin, abogada integrante de la Unidad de Recupero de Activos del Ministerio Público Fiscal, comentó por su cuenta de Twitter, sobre el Decreto del blanqueo para familiares de funcionarios.
La abogada Natalia Volosin , integrante de la Unidad de Recupero de Activos del Ministerio Público Fiscal realizó un análisis del decreto que habilita blanqueo de familiares de funcionarios excluidos por ley.
“La ley excluyó a funcionarios (art. 82) y a sus cónyuges, padres e hijos menores emancipados (ver el art. 83) por dos razones: los funcionarios y familiares (también estrechos colaboradores) son personas políticamente expuestas (PEPs) y porque el sistema jurídico global considera que sus activos producen mayor riesgo de lavado (hay más chances de que activos provengan de corrupción)”, explica Volosin.
“Por eso Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción no exigen expresamente excluir a PEPs, pero sí demandan medidas de prevención efectivas para mitigar los riesgos, prohíben eximirlas por ley práctica y exigen medidas para determinar origen de los fondos”.
“Más allá de lo jurídico, desde lo moral y lo simbólico subirte a blanqueo creado por el gobierno que integras huele a conflicto de interés. Aunque el Gobierno inicialmente quería incluir a funcionarios, sus propios aliados se lo frenaron en el Congreso”, ilustra la abogada.
“Ahora un Decreto simple y no uno de Necesidad y Urgencia modifica el Decreto anterior reglamentario de ley para, entre otras cosas, meter a familiares por la ventana. El Art. 6 establece que familiares de art. 83 de ley pueden blanquear bienes que acrediten adquiridos antes de que familiar asumió cargo. Pero hay problemas varios. Lo más obvio: el art. 6 de Decreto viola no ya el espíritu, sino letra clara de art. 83 de la ley. No la interpreta, la viola”.
“Bajo art. 83 de ley familiares mencionados tienen exclusión absoluta (no pueden blanquear nada) y ahora es relativa (pueden parcialmente). Eso transforma a la norma en inconstitucional (si así lo declara un juez o una jueza claro) por violar art. 99, inc. 2 CN”, detalla Volosin.
“Lo que está haciendo el Gobierno es jurídicamente absurdo. En derecho constitucional básico se enseña que el principio de igualdad rige entre iguales. Familiares de funcionarios no son iguales, son PEPs y se les aplica un "escrutinio intensificado". Así lo determina el orden jurídico global (GAFI-CNUCC) obligatorio para Argentina”.
Además continúa la abogada: “Si alguien considera violado el derecho a la igualdad, debe ir a pedir declaración de inconstitucionalidad en el caso concreto ante un juez”.
Personalmente creo que Argentina no tiene condiciones óptimas (como exige GAFI) para determinar el origen de los bienes, discriminar riesgos, etc. Pero lo que no podemos debatir (si queremos respetar la Constitución Nacional) es que el Gobierno puede modificar leyes por decreto.
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