El Ministerio de Economía frenó la importación de ropa usada, generando una denuncia judicial y nota en queja de un importador afectado
De un día para el otro, sin que esté claro a través de qué norma, la Subsecretaría de Política Industrial estableció que la “ropa usada reciclada y seleccionada” requiere una “intervención previa” para su autorización. La Asociación Civil Valores Sinaí, de iglesias evangélicas, ya tenía un contenedor en viaje, pero hasta ahora no autorizaron su nacionalización. Por ello, presentaron nota de queja ante esa subsecretaría, la Aduana y también una denuncia judicial; hasta ahora sin éxito.
Entre las novedades de la apertura generalizada de la economía, la importación de ropa usada es una de las más llamativas. En general proviene de Chile, que a su vez la importa desde el Sudeste Asiático; y su legalización blanqueó un proceso que antes se realizaba por contrabando desde Bolivia, entrando por Jujuy. Pero además comenzó a importarse ropa de marcas importantes, desde Estados Unidos, en fardos y con muy buenas condiciones.
Cuando este proceso crecía, con buena tasa de rentabilidad -podía llegar al 100% de lo invertido en 60 días-, la Subsecretaría de Política Industrial, conducido por Daniela Ramos, frenó este proceso. Esto ocurrió a mediados de diciembre, y lo más extraño del caso es que no se sabe a través de qué norma: decreto, disposición, resolución general o alguna otra. Pero sí salió publicado el tema en la página web del Centro de Despachantes de Aduana (CDA), como se ilustra en la siguiente foto.



La posición arancelaria en cuestión es la 6309.00.10.000Y. Para la misma, la subsecretaría que depende del Ministerio de Economía, conducido por Luis “Toto” Caputo, estableció que cada importación de la ropa usada requiere una “intervención previa” del área de Política Industrial. De esta forma, lo que parecía una política destinada a incrementar la competencia y bajar los precios, en uno de los rubros más difíciles de realizar ambas cuestiones, se volvió una cuestión discrecional.
Además de no saberse a través de qué norma se estableció tal medida, la misma abre una ventanilla de discrecionalidad, en la que algunos pueden ser favorecidos y otros no. El sector textil fue históricamente -en otros gobiernos, de diferente modelo económico- uno de los grandes favorecido por el Estado, por ejemplo a través de la entrega de dólares al tipo de cambio oficial a través de las SIMI, luego SIRA. De hecho, el secretario de Industria de la gestión de Matías Kulfas como ministro de Desarrollo Productivo, fue Ariel Schale, que venía de ser el director ejecutivo de la Fundación Protejer.
Por otra parte, la falta de respuesta, tanto de la Aduana, como del Ministerio de Economía, podría ser simple burocracia. Pero también entran a jugar las interpretaciones políticas. En julio, el presidente Javier Milei viajó a Resistencia (Chaco), donde lo recibió el gobernador aliado Leandro Zdero, para inaugurar el megatemplo evangélico "Portal del Cielo", y hace poco recibió a pastores de esta tendencia en la Casa Rosada. Por eso llama la atención que los evangélicos no encuentren un solo interlocutor válido en el Gobierno Nacional, sobre todo para un tema sencillo. ¿O su cercanía a Dante Gebel, que sería candidato presidencial en el 2027, les juega en contra?
Política “sin norma” y aplicada de modo retroactivo
Más allá de la incógnita sobre qué norma estableció la “intervención previa” de Economía para importar ropa usada, por lo menos en un caso se aplicó tal política de modo retroactivo, lo cual no sería legal. Este es el caso de la Asociación Civil Valores Sinaí, vinculada a la Iglesia Evangélica, que el 26 de noviembre realizó su primera carga como importador desde el Puerto Everglades (Florida, Estados Unidos), a través de la reserva de viaje número 262325851. El documento de transporte, conocido como Bill of Landing (BL), es el HOE27694.
La mercadería zarpó desde ese lugar de origen, con destino en el Puerto de Buenos Aires, el 5 de diciembre. Mientras el barco venía en camino, el 16 de diciembre, el Centro de Despachantes de Aduana comunicó a sus afiliados que regía desde entonces una imprescindible “intervención previa ante la Subsecretaria de Política Industrial” para importar ropa usada. El envío en cuestión llegó el 20 de diciembre, pero la Aduana nunca autorizó la nacionalización del contenedor, imprescindible para que la mercadería pueda ser vendida dentro de la Argentina.
Desde ese momento, la Asociación Civil Valores Sinaí presentó diferentes notas de queja -de modo electrónico y también físico- ante la Aduana y la Subsecretaría de Política Industrial. Con el argumento básico que cualquier medida no puede ser aplicada de modo retroactivo, considerando a la mercadería en tránsito. Según la nota presentada, cuyo documento está al final de este artículo, ese principio de no retroactividad se establece en el “artículo 180 del Código Aduanero y sus concordantes”, así como en la “normativa reglamentaria (Decreto 1001/82) y jurisprudencia específica”.
La nota de queja, presentada el 22 de diciembre último, se titula así: “SOLICITA INTERVENCIÓN POSIBLE SITUACIÓN DE ARBITRARIEDAD SOBRE "MERCADERÍA ROPA USADA RECICLADA Y SELECCIONADA”. En la misma se desgranan los siguientes argumentos:
-Realizadas las consultas del caso en forma presencial, conjuntamente con nuestro despachante de aduana, ante funcionarios de Aduana de Buenos Aires y ante la Secretaría de Comercio e Industria, recibiendo como respuesta que ambas dependencias desconocen como y cuando se reglamentara y en qué momento se adecuara el sistema Malvinas para la aplicación y registración de la mencionada comunicación. }
-El principio general, basado en la irretroactividad de la ley aduanera (aunque no formalizado como tal en un solo artículo para prohibiciones/restricciones), y la protección de derechos adquiridos, se encuentran claro en la jurisprudencia y la práctica, aunque, como también en el artículo 180 del Código Aduanero.
-Además, el artículo 626 del Código Aduanero establece que las prohibiciones de importación no alcanzan a la mercadería que, al momento de entrar en vigor la medida, se encontrara en alguna de estas situaciones: o haya sido expedida con destino final al territorio aduanero y cargada en el medio de transporte respectivo. o se encontrare en zona primaria aduanera, habiendo arribado con anterioridad.
-Por último, la asociación civil vinculada a la Iglesia Evangélica se queja porque “la presente operación (de importación) es el fruto de un largo proceso de un plan de desarrollo económico y social principalmente para ayudar e impulsar a los miembros que integran principalmente a nuestra comunidad, que al, momento supera el número de los 2 millones de argentinos”. La firma Hugo Mario Alegre, presidente de esa asociación civil.
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