24 de Julio de 2026 - 17:36

Cuentas sueldo en dólares: el Banco Central habilitó el pago de salarios en moneda extranjera

El Banco Central (BCRA) habilitó las cuentas sueldo en dólares para que las empresas puedan pagar los salarios en moneda extranjera, en una medida que adecúa la normativa financiera a los cambios introducidos por la reforma laboral.

La decisión fue oficializada mediante la comunicación “A” 8460 de la autoridad monetaria, que dispuso “incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la ‘Cuenta sueldo’”.

Qué cambió con la decisión del BCRA que habilita las cuentas sueldo en dólares

Con esta resolución, el Banco Central adaptó su normativa a las modificaciones establecidas por la Ley 27.802, que reformó el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo. Ese artículo establece que “el salario debe ser satisfecho en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera”.

La nueva disposición determina que las entidades bancarias deberán garantizar los depósitos y las extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde se encuentre radicada la cuenta sueldo.

En tanto, la posibilidad de realizar esas operaciones en otras sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio estará sujeta a que cada entidad cuente con disponibilidad operativa de efectivo.

Desde el BCRA señalaron que la modificación también alcanzará a “las eventuales cuentas sueldo en dólares que se utilicen para el pago de remuneraciones de trabajadores no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo”.

Cuentas sueldo en dólares: las principales claves de la medida

La comunicación “A” 8460 establece que las cuentas sueldo en dólares tendrán las mismas condiciones de funcionamiento que las cuentas sueldo en pesos en lo que respecta a los servicios básicos y movimientos sin costo.

Entre los principales puntos de la medida se destacan:

  • La cuenta sueldo en dólares tendrá los mismos servicios y movimientos sin costos previstos para la cuenta sueldo en pesos. Esto comprende la apertura y mantenimiento de la cuenta, transferencias, extracciones y demás operaciones hasta el monto de las acreditaciones de los salarios en moneda extranjera.

  • Los fondos acumulados podrán retirarse sin límite de tiempo.

  • La recepción de depósitos y las extracciones de dólares en efectivo serán obligatorias en la sucursal donde esté radicada la cuenta. En el resto de las sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, la operatoria dependerá de que las entidades dispongan del efectivo necesario para realizar esas operaciones.

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