17 de Julio de 2026 - 09:37

Inseguridad jurídica en pequeña escala: un abogado demandó, la jueza falló a favor, la razón social es incorrecta, pero igual le cobraron

El insólito caso de un abogado de Chacabuco, y un juez de la vecina Junín, que le quitaron plata a una radio AM aunque la razón social de la demanda no es la correcta. El Banco Credicoop, sin fijarse en ello, ejecutó la orden por casi 739.000 pesos.

El abogado Hernán Sibiglia es conocido en Chacabuco, ciudad del noroeste bonaerense que ronda los 50.000 habitantes, por tomar casos mediáticos. En la escala del lugar, por supuesto. Este letrado, con una simple presentación judicial, se hizo de $ 738.787,50 que en apariencia no se ganó trabajo. Fue por una presentación ante el Juzgado Civil y Comercial Número 2 del Departamento Judicial de Junín. Esta ciudad es vecina a Chacabuco, por lo cual se presume que Sibiglia y la jueza que falló a su favor -Karina Daniela Ragazzini- se conocen.

Las sospechas se fundan que la demanda de Sibiglia fue por “ejecución de honorarios” contra “Cooperativa de Trabajo Radiodifusión Limitada”, tal cual reza la carátula del expediente número 13408-2025. El fallo, exitoso a favor del abogado chacabuquense, se ejecutivo contra Radio República, AM 770, cuya razón social no es la del expediente, sino “Cooperativa de Trabajo Radio Cooperativa Limitada”.

Por otra parte, ni la gestión anterior -previa a septiembre de 2023-, ni la actual, conocen ni siquiera de modo remoto al rapiñador Hernán Sibiglia, que sin embargo reclamó -y le dieron la razón- honorarios por un trabajo que no hizo. El presidente anterior de Radio Cooperativa, el abogado Martín Cigna, y el actual, el periodista Lucio Di Matteo, se enteraron de la existencia de Sibiglia por el embargo que se ejecutó por orden de la jueza Ragazzini.

En el cobro está otra falla del sistema. La sucursal 247 del Banco Credicoop, ubicada en el Microcentro porteño, ejecutó el embargo recordando que “la notificación al socio la realiza este departamento en forma centralizada”. En ese caso, el banco envió la notificación a un email viejo, una responsabilidad de la radio. Pero, ¿nadie del Departamento Oficios del Credicoop leyó que la razón social no era la correcta?

En definitiva, un abogado que nunca realizó ningún trabajo para “Cooperativa de Trabajo Radio Cooperativa Limitada”, pidió un embargo contra la misma. Además, con el nombre de la razón social equivocado: “Cooperativa de Trabajo Radiodifusión Limitada”. A pesar de ello, obtuvo un fallo favorable de la jueza Karina Daniela Ragazzini, y el Banco Credicoop ejecutó el embargo de modo sumario. No hay, pues no es un chiste, sino un ejemplo de cómo funcionan algunas instituciones de la Argentina.

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