El Gobierno oficializó la recompra de Letras del Tesoro al Banco Central por US$781 millones
El Ministerio de Economía formalizó una nueva operación para avanzar en la cancelación de deuda intraestado. A través de la Resolución Conjunta 47/2026 de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, se concretó la recompra de Letras del Tesoro Nacional Intransferibles en dólares que estaban en poder del Banco Central (BCRA).
La operación alcanza un monto total de US$781 millones y tiene como objetivo cancelar de manera anticipada instrumentos de deuda intraestado. La medida forma parte del proceso mediante el cual el Gobierno busca continuar reduciendo las Letras Intransferibles que permanecen en la cartera del BCRA.
Qué Letras del Tesoro recompró el Gobierno
Los fondos de la operación serán utilizados para cancelar dos instrumentos específicos.
El primero es una Letra del Tesoro con vencimiento el 30 de junio de 2031, que había sido emitida originalmente el 23 de junio de 2026 por un valor nominal original de US$76.248.473. Para esta operación, el precio de recompra fue establecido en US$64,363467 por cada US$100 de valor nominal.
El segundo instrumento corresponde a una Letra del Tesoro con vencimiento el 20 de abril de 2032. Este título fue emitido originalmente el 11 de abril de 2022 por un monto nominal de US$1.226.343.706. En este caso, el precio de recompra quedó fijado en US$59,721453 por cada US$100 de valor nominal.
La resolución establece que los valores efectivos resultantes de la operación deberán redondearse al entero más cercano. Una vez que los títulos sean recibidos, serán dados de baja de manera definitiva de los registros correspondientes a la deuda pública.
La recompra constituye así un nuevo paso dentro de la estrategia oficial de cancelación de las Letras del Tesoro Nacional Intransferibles que se encuentran en poder del Banco Central.
La operación se encuentra respaldada por la Ley 11.672, que permite a las secretarías de Hacienda y Finanzas llevar adelante operaciones de administración de pasivos. Entre las facultades contempladas se encuentra la posibilidad de comprar, vender o canjear instrumentos financieros tomando como referencia los precios de mercado.
Además, la medida se encuentra vinculada con la autorización establecida por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 453 del 4 de julio de 2025.
Ese decreto habilitó la cancelación de Letras Intransferibles mediante distintas fuentes de financiamiento y estableció como criterio la prioridad de aquellos vencimientos que se encuentren más próximos en el tiempo.
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