La Corte Suprema rechazó la recusación de Cristina Kirchner contra el juez Lorenzetti y avanza en la causa Vialidad
La Corte Suprema rechazó la recusación que había presentado la expresidenta Cristina Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti. De esta manera, el tribunal puede avanzar en la llamada causa “Vialidad”, en la que la líder del kirchnerismo fue condenada a la pena de seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
La condena fue dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal 2. Ese fallo fue ratificado en 2024 por la Cámara de Casación Penal. Sin embargo, el fiscal Mario Villar pidió que se incorpore el delito de asociación ilícita, lo que podría elevar la condena a 12 años, una postura que recibió el apoyo del Procurador General, Eduardo Casal.
En un plazo aún no definido, la Corte deberá decidir entre rechazar las apelaciones sin analizarlas, confirmando las decisiones previas del Tribunal Oral Federal 2 y la Cámara de Casación Penal, o abrir el caso para un análisis más profundo, lo que podría extender el proceso de manera indefinida.
La Corte Suprema avanza en la causa Vialidad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad rechazar in limine la recusación presentada por la defensa de la expresidenta.
El fallo fue firmado por los tres integrantes del máximo tribunal: Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y el propio Lorenzetti. Los magistrados consideraron que la presentación fue extemporánea y carecía de fundamentos jurídicos sólidos.
El recurso presentado por Cristina Kirchner
La recusación había sido impulsada el pasado 5 de mayo por el equipo defensor de la exmandataria, quienes argumentaron una presunta falta de imparcialidad por parte de Lorenzetti. Entre los motivos invocados se mencionaron artículos periodísticos, votos disidentes del juez en decisiones anteriores del tribunal, declaraciones en medios televisivos y una denuncia presentada en el Senado por la senadora Anabel Fernández Sagasti. Según la defensa, estas circunstancias vulnerarían los principios de imparcialidad judicial recogidos en los Principios de Bangalore y en antecedentes como el caso “Llerena”.
No obstante, la Corte sostuvo que la mayoría de los hechos citados ya eran conocidos al momento de la presentación del recurso extraordinario, el 13 de febrero. En consecuencia, debieron haberse planteado en esa instancia. Sobre las declaraciones posteriores, como una entrevista del 1° de mayo en la que Lorenzetti expresó que la Corte debía resolver con celeridad antes de las elecciones, el tribunal entendió que no configuraban una causal objetiva ni comprobable de recusación.
“El planteo no fue realizado en tiempo oportuno y no cumple con la fundamentación exigida por la ley”, subrayaron los jueces del alto tribunal. Además, remarcaron que la defensa no presentó pruebas para sustentar sus señalamientos ni identificó una causal específica contemplada en el Código Procesal Penal.
El pronunciamiento también advierte que este tipo de recusaciones debe ser interpretado con criterio restrictivo, dado que su aceptación podría poner en riesgo la garantía del juez natural y entorpecer el normal funcionamiento de la Corte Suprema.
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