11 de Julio de 2018 - 10:53

Denuncian a López Mena y Patricia Bullrich por violación a los deberes de funcionario público

La Fundación por la Paz y el cambio climático denunció penalmente a Juan Carlos López Mena, la actual ministra se Seguridad Patricia Bullrich por la supuesta comisión de varios delitos, entre ellos la violación a los deberes de funcionario público, cohecho y administración fraudulenta, entre otros

 

 

La Fundación por la Paz y el cambio climático desde el año 2007 viene denunciando corrupción institucionalizada de manos del crimen organizado. 

Esta vez Fernando Miguez, el colega, en su carácter de Presidente de la Entidad, con el patrocinio letrado de la Dra. Marcela Scotti, realizó una denuncia penal a los fines que se investigue la posible comisión de los delitos de; DEFRAUDACION CONTRA UNA ADMINISTRACION PUBLICA – ABUSO DE AUTORIDAD – VIOLACION A LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO – COHECHO - TRAFICO DE INFLUENCIAS – MALVESARCION DE CAUDALES PUBLICOS Y/O NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICA, TRAFICO DE INFLUENCIAS, a LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME Y/O LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A, Y/O BULLRICH PATRICIA, Y/O EL TITULAR DE PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, Y/O EL DIRECTOR DE MIGRACIONES, Y/O EL DIRECTOR DE AFIP, Y/O LA OFICINA DE ANTICORRUPCION, Y/O EL TITULAR DE LA UIF., LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A y otros posibles participes, todas ellas partes y unidad de grupos empresarios que comparten socios, domicilios, correos electrónicos y demás aspectos societarios comunes.

Cuerpo de la denuncia:

 I.OBJETO

Que, en mi carácter de ciudadano argentino, de profesión periodista independiente y como presidente de la Entidad, en los términos de lo dispuesto por el texto de los arts. 174,175, 176, y concs. Del CPPN vengo a formular la presente denuncia penal a los fines que se investigue la posible comisión de los delitos deDEFRAUDACION CONTRA UNA ADMINISTRACION PUBLICA – ABUSO DE AUTORIDAD – VIOLACION A LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO – COHECHO - TRAFICO DE INFLUENCIAS – MALVESARCION DE CAUDALES PUBLICOS Y/O NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON EL EJERCICIO DE LA FUNCION PUBLICATRAFICO DE INFLUENCIASprevistos y penados en el texto de los artículos; 174, inc. 5, 248, 249, 256, 256 bis, 258, 260, 261, y 265 todos ellos del Código Penal de la Nación y sus concordantes con el artículo 864 Inc. B del Código Aduanero, que podrían haber sido cometidos, así como se determine grados de autoria,responsabilidad,coautoría, y encubrimiento en los hechos por parte de los funcionarios públicos, particulares y empresas y de aquellas otras que VS. estime corresponder, que actuaran ellos; LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME Y/O LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.AY/O BULLRICH PATRICIAY/O EL TITULAR DE PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, Y/O EL DIRECTOR DE MIGRACIONES, Y/O EL DIRECTOR DE AFIP, Y/O LA OFICINA DE ANTICORRUPCION, Y/O EL TITULAR DE LA UIF Ello redundo en conducta típica antijurídica culpable que se pide se investigue, así como la participación en la misma, no solo de funcionarios y ministros actuantes, sino de igual manera, del conjunto empresario integrado por; LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A y otros posibles participes, todas ellas partes y unidad de grupos empresarios que comparten socios, domicilios, correos electrónicos y demás aspectos societarios comunes.

Todo ello en base a las consideraciones de hechos y de derecho que expondré a continuación;

IIHECHOS

Tomo conocimiento de los hechos a través de una publicación Del portal Minuto de Cierre.com http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-5-14-19-0-lopez-mena-se-llevo-su-lujoso-yate-y-hace-lobby-en-la-casa-rosada-para-evitar-multa-y-decomiso-documentos-exclusivos

A pesar de los antecedentes, de López Mena y Cía. suponemos Los Funcionarios del Gobierno le otorgaron con su complicidad que el nombrado tenga la impunidad ya que nadie de ningún organismo de control percibió TERRIBLE embarcación de CONTRABANDO amarrada en el Yat Club de Puerto Madero.

"Esto pasa porque hay funcionarios que lo encubren", aseguraron nuestras fuentes. Llamamos al Ministerio de Seguridad, responsable de la operación, pero nadie nos atendió a nuestras preguntas. 

Es necesario aquí hacer una transcripción de hechos conexos que nos brindan como es el Modus Operandi de la Banda conformada por la Banda.

 Del Portal Minuto de Cierre.com… “Javier Santomé es un uruguayo que factura -tiene CUIT y residencia- en la Argentina. Comenzó con una revista de navegación y ahora trabaja para Buquebús. Al igual que el dueño de esta empresa, la Aduana lo investiga por contrabando. Y, como Juan Carlos López Mena, usa el mismo capitán para un barco con bandera extranjera, que pasa la mayor parte de su tiempo en Buenos Aires.

Juan Carlos López Mena es una leyenda del empresariado argentino. Pero no por tener el monopolio del transporte por río entre Buenos Aires y Montevideo o Colonia, sino por configurar una especie de gran simulador. Mucha gente cree que es uruguayo, y aunque tiene la nacionalidad de ese país, nació en La Pampa. Hace una década –antes de su estatización- “chapeó” que pretendía hacerse cargo de una fundida Aerolíneas Argentinas, creó BQB Líneas Aéreas; es dueño del Argentino Hotel Casino & Resort de Piriápolis (Uruguay); y se rodea de poca gente, a pesar de tener 10 hijos, lo que le otorga un halo de misterio.

Las leyendas menos amistosas hablan de un barco con bandera uruguaya que se quedó de contrabando en el Yacht Club de Puerto Madero, tal como reveló Minuto de Cierre la semana pasada en esta nota: http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-4-14-24-0-el-lujoso-yate-del-dueno-de-buquebus-que-esta-varado-y-puerto-madero-e-investigado-por-contrabando. Tras esta revelación, tuvo el tino de regresarlo a Uruguay: http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-5-14-19-0-lopez-mena-se-llevo-su-lujoso-yate-y-hace-lobby-en-la-casa-rosada-para-evitar-multa-y-decomiso-documentos-exclusivos

Pero hay historias más polémicas todavía sobre este empresario. Por ejemplo, se habla de miles de adoquines que estaban en el Puerto de Buenos Aires y terminaron ilegalmente en su residencia de Piriápolis. También, de un barco gigante hecho en Uruguay con partes y piezas de contrabando, vendido a uno de los empresarios más importantes de la Argentina.

Además, en su operatoria para moverse por Argentina con barcos que configurarían el delito de contrabando, López Mena parece haber hecho escuela. Ese es el caso de Javier Santomé, un capitán de armamento que edita la revista “Yachting Río de la Plata”, y que además figura en su perfil de Linkedin como capitán de armamento de Buquebús. Santomé es uruguayo de nacimiento, aunque sacó CUIT como trabajador autónomo en la República Argentina. Javier Santomé Sosa Días tiene el CUIT 20-94908238-6, declaró domicilio en San Isidro y su alta es de junio del 2016.

Al igual que su empleador López Mena, Santomé es investigado por la Aduana debido al uso de un barco extranjero, lo que configuraría el delito de contrabando. La nave es el Compinche IV, el capitán es el mismo que usa el dueño de Buquebús, Nicolás Dupont Carlevaro, y se trata de un velero con bandera estadounidense. Tantas coincidencias despiertan sospechas. Para algunos, Santomé es testaferro de López Mena, aunque ello es muy difícil de probar.

El Compiche IV, cuya matrícula es DL 5653 AC, registra frecuentes entradas desde Uruguay hacia la Argentina, con estadías prolongadas en el país, de acuerdo a los registros de Prefectura Nacional. Es un velero de casi 14 metros de largo (eslora), construido por el astillero Benetau en Francia, y la sociedad dueña del mismo es Baltic 22 Inc. El dato clave es que esta sociedad tiene origen en Delaware, uno de los distritos de Estados Unidos que constituye un paraíso fiscal.

La normativa de Estados Unidos permite que ciudades o estados (equivalentes a provincias argentinas) tengan reglas laxas que los vuelvan paraísos fiscales. Ese es el caso de Delaware, muy recordado en la AFIP por el caso Despegar. La agencia de turismo por Internet declaraba como facturado en Delaware el pago de sus clientes argentinos, una maniobra que le permitía evadir distintos impuestos.

Con el Compinche IV, Santomé repite la maniobra de López Mena con el gigantesco Doña Francisca: la empresa dueña del barco está registrada en un paraíso fiscal (Delaware lo es y Uruguay también), la embarcación entra a la Argentina sin ningún control, y queda estacionada en el Yacht Club de Puerto Madero.

El problema es que si un argentino autoriza a un uruguayo a entrar su embarcación, para usarla en el país, la maniobra es contrabando, de acuerdo al artículo 864 Inciso B del Código Aduanero. Esto es lo que harían tanto López Mena como Santomé (es contribuyente fiscal argentino, más allá que haya nacido en Uruguay) con el capitán de barco Dupont Carlevaro. Y que muy pronto generaría una denuncia legal.

Esta maniobra es idéntica en el caso de ambos barcos. Sociedad extranjera, que le otorga un poder especial a Dupont Carlevaro para manejarlo libremente. La documentación en la Aduana, así como los sumarios abiertos, ya existen; faltaría pedir el registro de Prefectura Nacional, y cruzar datos de navegación; para que una o dos causas judiciales estén en marcha.

III. HIPOTESIS DELICTIVA

Según surge del documento periodístico de Minuto de Cierre.com así sería el Modus Operandi el cual se viene realizando desde tiempo inmemorial, más aún ¿quién nos puede asegurar que dentro de la embarcación “Doña Francisca” no hay estupefacientes o más aun no se utiliza para contrabando de distintos productos?, ¿Acaso también podríamos estar frente a una exportación e importación ilegal de dinero, divisas, bonos o documentación financiera que desviara fondos hacia paraísos fiscales vía Uruguay?

Esta pregunta quedara para hacérsela a los distintos funcionarios que no actuaron debidamente…” con sus 52 metros de eslora era el más grande de las embarcaciones allí amarradas…” es decir al menos hay una Omisión al Deber de Seguridad en una gran asociación ilícita que ahora es descubierta y de la cual se solicite su Urgente Investigación.

El barco estaba a la vista de todo el que caminara por el Dique 4 de Puerto Madero. Ostentoso desde el tamaño, con sus 52 metros de eslora era el más grande de las embarcaciones allí amarradas. Pero había un problema: como estaba varado ahí desde abril, simulando ser una nave de paso, configura el delito de contrabando, de acuerdo a lo que señala una investigación interna de la Aduana. La nota de Minuto de Cierre que destapó el tema (http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-4-14-24-0-el-lujoso-yate-del-dueno-de-buquebus-que-esta-varado-y-puerto-madero-e-investigado-por-contrabando) produjo un tema inmediato: esta mañana, el excéntrico millonario se llevó su barco nuevamente a Uruguay.

Pero, en lugar de analizar la investigación aduanera que hay en curso, López Mena habría apelado a una argentinada clásica: "rosca" y "lobby" para saltear las normas. Según averiguó Minuto de Cierre, López Mena estuvo haciendo contactos en la Casa Rosada para ver cómo podía solucionar el tema. "Doña Francisca" estaba varado en el Yacht Club de Puerto Madero desde abril, y el propio López Mena lo usaría casi como una vivienda personal, para lo cual está perfectamente preparado: una habitación principal de 36 metros, baño en suite, tanque de agua superior a 5.000 litros, suites para invitados, entre otros detalles de categoría. 

De acuerdo a la documentación a la cual accedió Minuto de Cierre, que se exhibe fotográficamente en esta nota, el lujoso velero es de Los Cipreses S.A., una firma de la cual López Mena es presidente (y seguramente dueño); y a su vez, esta empresa le firmó un poder especial y absoluto al capitán de barco uruguayo Nicolás Dupont Carlevaro, quien habitualmente trae el velero a la Argentina y luego vuelve a su país de origen. De esta forma, un barco que es usado por su dueño argentino, y que pasa en Buenos Aires la mayor parte de su tiempo, paga impuestos en Uruguay y tiene bandera de ese país. 

Es decir, simula ser el barco de un viajero, pero su dueño es un ciudadano argentino. Al entrar como una especie de mercadería en tránsito, configuraría el delito de contrabando. Por ahora hay una investigación administrativa de la Aduana, que el titular del organismo -Diego Dávila- debería acelerar. No hay causa judicial, pero alcanzaría con un fiscal de oficio con buena voluntad para iniciarla.

Entra como turista, pero con documentación premeditadamente preparada para la comisión del delito de “CONTRABANDO” según está tipificado y fue expresado en el objeto, sin tener a ciencia cierta conocimiento de que hay en la embarcación ni cuando sale ni cuando entra. Una cuestión singular que el Sr. López Mena ofrece en su servicios de Transporte Marítimo desde y hacia Argentina Uruguay unFreeShop el cual esta colmado de mercadería importada que a lo mejor posiblemente dicha embarcación Doña Francisca puede oficiar de nave utilizada presuntamente para contrabando de artículos de todo tipo  que se ofrecen en Buques, y ello no lo sabemos gracias al encubrimiento de una serie de funcionarios Ilegales que junto al Prospero sospechamos empresario Pirata percibirán algún tipo de reconocimiento por Mirar Hacia Otro lado.

Además, la Complicidad de la Guardería de Puerto MADERO =el club de yates= QUIEN ALOJA A DICHA EMBARCACION Doña Francisca a sabiendas que los papeles no están en regla y permiten de esta forma un posible amarre Ilegal, toda vez los hechos denunciados. - 

VI.  PRUEBA

TESTIMONIAL:

Se solicita se cite a declaración a las siguientes personas:

BULLRICH PATRICIA, Ministro de Seguridad de la Nación

NOCETI PABLO, Jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad.

ACTUAL TITULAR DE MIGRACIONES,

ACTUAL TITULAR DE LA ADUANA,

ACTUAL TITULAR DE AFIP,

ACTUAL TITULAR DE LA OFICINA ANTICORRUPCION,

ACTUAL TITULAR DE LA UIF,

A DECLARAR: Se Cite; En este caso según interprete el Sr. Fiscal Federal de Turno en los actuados y la calidad de dicha declaración, ante presupuestos aquí expresados, que a nuestra interpretación configuran conductas típicas antijurídicas y culpables.

LOPEZ MENA JUAN CARLOS, titular de las sociedades citadas, 

NICOLAS DUPONT CARLEVARO, apoderado para fines de contrabando de López Mena,

Javier Santomé, vinculado estrechamente con López Mena,

A quien surja como actual presidente del Club de Yates de Puerto MADERO, quien con su conducta en el tiempo encubriría os hechos denunciados.

c)  DOCUMENTAL

El mismo será aportado al momento de ratificar la presente denuncia. -

http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-9-14-24-0-el-empleado-de-lopez-mena-que-copia-su-operatoria-barco-extranjero-usado-en-argentina-con-el-mismo-capitan-para-evadir-o-eludir-impuestos.-

http://www.minutodecierre.com/nota/2018-7-5-14-19-0-lopez-mena-se-llevo-su-lujoso-yate-y-hace-lobby-en-la-casa-rosada-para-evitar-multa-y-decomiso-documentos-exclusivos

Informativa:

Sin perjuicio de las diligencias o medidas que disponga V.S. nos tomamos el atrevimiento de sugerirle los siguientes medios probatorios:

Solicito de Libren los siguientes oficios;

1- A la Administración Federal de ingresos Públicos (AFIP): Se requiera al Administrador Federal de Ingresos Públicos, para que aporte los siguientes elementos contables de compra y contrataciones para con el Estado Nacional referidos “AL SERVICIO BRINDADO” por las empresas; LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A. Y/O LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME

2.- Se requiera a la Inspección General de Justicia, los estatutos, balances y toda documentación que obre en su poder en relación a las siguientes sociedades y/o sus titulares, a saber; LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A. Y/O LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y demás DENUNCIADOS,

3.- Se allane a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) las actuaciones llevadas a cabo por ese organismo por presunta evasión de las empresas LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A. extensivo a quienes son denunciados en los actuados ellos Sres.  LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

Es dable mencionar que no se encuentran alcanzados por el secreto fiscal los datos referidos a la falta de pago de obligaciones exigibles, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 101 de la ley 11683. -

4.- Se requiera a la Oficina Anticorrupción remita las declaraciones juradas de los Sres. JUAN CARLOS MENA extensivo a los demás denunciados en los actuados DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME, y otros. -

5.- Se allane al Ministerio de Seguridad de la Nación para que aporte y remita mediante Copia certificada la documentación que pruebe el grado de cumplimiento en relación con las normas referidas a la autorización, amarra, entrada y salida de puerto de la nave aquí denunciada como de utilidad en el Contrabando.

6.Se designen peritos a efectos de determinar el real valor de la embarcación de la que se solicita su Embargo Preventivo a los efectos de subrogar las costas (VELERO), mencionada en la presente DOÑA FRANCISCA y DEMAS EMBARACIONES CUYA TITULARIDAD de LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

6.- Se requiera a la Auditoria General de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación, copia de los informes mencionados en la presente, así como los papeles de trabajo que avalan los hallazgos descriptos.

7.- Se requieran los registros de la Oficina de Migraciones a efectos de documentar la entrada y salida de funcionarios involucrados en la presente hacia el exterior en las embarcaciones titularidad de López Mena y/o sus testaferros que aquí fueron denunciados, DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y otros posibles coautores de los delitos enrostrados.

10.- Se requiera a la AFIP para que remite la declaración jurada de impuestos de los Sres. LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME - BULLRICH PATRICIA – NOCETI PABLO- demás  FUNCIONARIOS PUBLICOS Titulares de organismos de control en la República Argentina y demás personas involucradas en los autos (empresario y sus prestanombres LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME) Es dable mencionar que no se encuentran alcanzados por el secreto fiscal los datos referidos a la falta de pago de obligaciones exigibles, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 101 de la ley 11683.

11.- Informe sobre las investigaciones, fiscalizaciones y determinaciones de oficio terminadas en los últimos 5 años con indicación de las conclusiones de las investigaciones y fiscalizaciones finalizadas, así como los montos de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en facturas presuntamente apócrifas por ejercicios 2007 a 2018 de; LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y/o empresas vinculadas a ellos.

12.- Todo otro motivo de diferencia entre la posición del Fisco Nacional y esas empresas que se hayan podido relevar, estuvieren o no plasmados en conceptos y montos reconocidos por los contribuyentes, LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

13.- Teniendo en cuenta los montos objetivos de punibilidad, sírvase a informar los períodos en los que, con las meras investigaciones realizadas sobre las empresas mencionadas; emergen montos que indicarían que se transforman en causas penal agravadas.

14.- Detalle de denuncias penales tributarias o provisionales ya interpuestas en relación a esas empresas, con indicación de fecha de presentación, conceptos denunciados y montos presuntamente evadidos, LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

15.- Informe sobre integración de la participación accionaria de las empresas mencionadas, indicando además de manera detallada los órganos de representación y administración de las mismas en los períodos 2007 a 2018, así como las vinculaciones de cualquier orden que surgen de las bases de datos de la AFIP, fuere por los profesionales que las asisten o por informaciones remitidas por las entidades financieras en cumplimiento de las normas pertinentes emanadas de esa Administración Federal de las siguientes personas LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y su vinculación con empresas marítimas o embarcaciones de gran porte.

16.- Informe sobre los domicilios fiscales registrados en los últimos 10 (diez) años de las empresas y personas físicas mencionadas, LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

17.- Informe si, como consecuencia de lo mencionado, la AFIP ha realizado algún reporte de operación sospechosa de lavado de activos en el marco de los artículos 20 y siguientes de la ley 25.246, respecto a las empresas mencionadas o de algunos de sus integrantes, como serian; LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y otros.

18.- Informe si, en relación a los sujetos o sociedades mencionadas fue requerida información a la AFIP por algún órgano jurisdiccional (Poder Judicial-Ministerio Público), y, en su caso, tenga a bien hacer saber el número de causa, carátula y el Juzgado requirente.

A la Unidad de Información Financiera (UIF):

19.- Solicitar a la UIF a los fines que informe si ha habido, desde el momento de la creación de la referida Unidad, algún Reporte de Operación Sospechosa o alguna otra actuación labrada que tenga vinculación a las empresas y / o personas físicas mencionados en la presente denuncia LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y, en su caso, remitan copia certificada de dichos reportes, como así también el estado actual de las mismas.

20.- En igual sentido, informe si ha sido requerida información alguna respecto a los sujetos LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y empresas mencionadas en el marco de cooperación internacional por parte de alguna UIF de otro país. En caso afirmativo, informe el país requirente y los motivos de dicho pedido.

Al Banco Central de la República Argentina:

21.- Solicitar al Banco Central de la República Argentina para que informe si las empresas y / o personas físicas LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME mencionadas en la presente denuncia son titulares, cotitulares de cuentas a la vista o algún producto financiero en alguna entidad crediticia y en cada caso, se sirva a informar el nombre y número de cuenta de la entidad, como así también si ha realizado operaciones al exterior.

22.- Tengan a bien informar operaciones de cambio de divisas realizadas por las personas y / o sociedades informada porLOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME.

23.- A la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a los efectos que informe sobre transferencias y/o compra venta de acciones, títulos o letras y todo aquel instrumento financiero que les permita ocultar en papel dinero físico y ser este remitido hacia el exterior a cuentas cuyos titulares son los denunciados y/o a paraísos fiscales a nombre de cuentas corporativas sin identificar con integración de testaferros o presta-nombres que oculten su patrimonio y apellido de;    LOPEZ MENA JUAN CARLOS Y/O DUPONT CARLEVARO NICOLAS Y/O DAVILA DIEGO Y/O JAVIER SANTOTOME y otros.       

V.MEDIDA CAUTELAR

Adicionalmente, en atención a lo expuesto hasta aquí, solicitaré el dictado de una medida cautelar a fin de que se ordenepreventivamente en relación a lo expuesto en la denuncia se retire de toda operación y se los SUSPENDA de Brindar Servicios Marítimos a quienes surjan como titulares de empresas y/o sus presta nombres incluida la empresa Buquebus objeto de esta denuncia hasta tanto se realicen los peritajes de rigor de acuerdo a los protocolos de actuación en este tipo de aeronaves.

Asimismo, se proceda al embargo de TODAS LAS EMBARCACIONES a nombre de los aquí denunciados a los efectos de ser peritadas urgentemente ante la cierta y posible sustitución de piezas y/o de borrar prueba esta de importancia fundamental en los actuados.

VI. PROPONE MEDIDA INSTRUCTORIAS

Se libre, en caso de considerarlo pertinente, orden de allanamiento en los domicilios de las siguientes empresas;” LOS CIPRESES S.A Y/O BUQUEBUS S.A “en las oficinas pertenecientes a “directorio y contaduría” a fin de que se proceda al secuestro de toda aquella documentación relacionada con los hechos denunciados, los mismos en papel o toda aquella porta datos electrónicos a los efectos probatorios de los posibles ilícitos.

VII. PETITORIO

Por todo lo expuesto a V.S., solicito que:

a) Tenga por incoada esta denuncia penal por los graves delitos sindicados a los enrostrados, citándoseme oportunamente a su ratificación, oportunidad en la que adjuntaré toda la documentación en mi poder; 

b) Tenga presente las diligencias a efectos de la prueba que se sugieren en el presente;

c) Reciba con carácter urgente la ratificación de la presente denuncia y remita el legajo al representante del Ministerio Público Fiscal en los términos del art.180 del C.P.P.N.;

d) Se tenga por presentada la documental acompañada;

e) Se ordene el libramiento de los oficios solicitados;

Oportunamente se cite a los denunciados JUAN CARLOS LOPEZ MENA - BULLRICH PATRICIA – NOCETI PABLO y DEMAS FUNCIONARIOS DENUNCIADOS a los fines que comparezcan respecto de los hechos que originan la presente.

f) Oportunamente, y en caso de comprobarse la comisión de alguna conducta con relevancia típica, se convoque a los responsables a rendir declaración indagatoria (art. 294 C.P.P.), se les dicte auto de procesamiento (art. 306 C.P.P.) y se eleve a la instancia del juicio oral y público (art. 346 C.P.P

g) Se tenga presente la reserva del caso Federal;

h) Se tenga al suscripto por constituido en <Amicus Curiae> en los términos y bajo los alcances de la Acordada CSJN 28/2004 y sus normas reglamentarias, complementarias y conexas;

i) Se ordene las medidas cautelares necesarias que provoquen el cese de ese accionar antijurídico.

j) Oportunamente se juzguen responsabilidades, y se condene a quienes resulten responsables del manto de impunidad que azota a la República Argentina.

k) Se tenga por acreditada la Personería de la Fundacion  

 Hago reserva a futuro de poder ampliar informacion y personas vinculadas en la presente denuncia.

VIII. - HACE SABER

Mis ideas y mi pasión por el país, son incompatibles con el suicidio. Hago constar que, bajo ningún concepto, pienso suicidarme. Quiero vivir. Amo la vida. Quiero un país y un mundo mejores. Quiero a mi esposa y a mis hijos como nadie, espero ver a mis nietos llegar y verlos crecer. Además, me cuido en la calle para evitar un accidente. Y cuido mi seguridad. En especial, evitar un robo aparente como homicidio preterintencional. Soy respetuoso de las normas de tránsito, camino atento y con precaución en la vía pública. 

Si me sucede algo en lo personal o físico (extensivo a mis seres queridos) abogados, colaboradores, testigos y demás personas vinculadas a esta denuncia , EN ESPECIAL del EQUIPO PROFESIONAL DE LA UNIDAD DE AUDITORIA DE LA ENTIDAD , o acaso en pos de alguna denuncia “por denuncia maliciosa” se me intente extorsionar en cualesquiera de los fueros judiciales, es decir como represalia, que conllevaría a disciplinarme para así yo haga silencio de los hechos de corrupción institucionalizada en manos del crimen organizado de los funcionarios desleales de la administración PUBLICA , de lo cual se me pone en conocimiento, por notas periodísticas o a través de personas fortuitas que me lo hacen saber, más aun se me invente una causa judicial, en cualesquiera de los fueros como intento vil para desvirtuar los términos reales de mis denuncias.

Si esto sucede “Fue encargado por alguno de mis denunciados o su Jefe Político (MAFIA) que sin dudas creyó ser la mejor solución y así silenciarme” y así encubrir los delitos en proceso que se cometen en la actualidad –

Que la Virgen de MEDJUGORJE (Reina de la Paz) guarde a VS. y a sus colaboradores de sus actos. 

  . PROVEER LO QUE PIDO

  . ES JUSTO

  . FUNDACION POR LA PAZ Y EL CAMBIO CLIMATICO

 

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