30 de Enero de 2017 - 15:48

Presentaron el primer reclamo contra el decreto que modificó la ley de ART

El abogado Daniel Igolnicov presentó hoy un pedido de "per saltum" ante la Corte Suprema de Justicia reclamando la afectación de su "derecho de trabajo" tras el decreto que modifica el sistema de las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART). Con el final de la feria judicial, se esperan una catarata de reclamos contra la decisión del gobierno.

El decreto que modificó la ley de ART ya generó la primera reacción ante la Corte Suprema de Justicia y se esperan más.

El abogado Daniel Igolnicov presentó hoy un pedido de "per saltum" ante el Supremo Tribunal reclamando la afectación de su "derecho de trabajo".

La norma 54/2017, firmada y publicada la semana pasada en el Boletín oficial, establece "Comisión Médica" como instancia "de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención", antes de iniciar cualquier juicio laboral frente a un accidente de trabajo. Según la nueva normativa, será la Comisión Médica la que determinará si un trabajador puede o no avanzar en un juicio por la indemnización por enfermedad o incapacidad.

"Afecta mi derecho de trabajo, velada pero expresamente, al derogar la ley 24.635, que rige el Sistema de Conciliación Obligatoria (SECLO), que es mi medio fundamental de vida", sostuvo el Igolnicov en la presentación realizada ante la Corte, según consignó el portal Ámbito.com. "Quita la competencia del SECLO todos los conflictos vinculados a la ley de riesgos de trabajo, que tenga como víctimas a todos los empleados registrados y asimismo, suprime la primera instancia de la Justicia laboral a su respecto", agregó.

Los abogados laboralistas estiman que su trabajo quedaría disminuido a la mitad por la eliminación de la instancia del SECLO, que sería reemplazada por la Comisión Médica. "Excluye de la instancia previa obligatoria antes de la radicación de demanda laboral a todos los trabajadores no registrados, quienes podrán recurrir directamente a la instancia judicial", señaló Igolnicov. 

El abogado agregó que al autorizar la vía judicial a los no registrados por encima del SECLO, "van a entrar las demandas por despido o cualquier otro derecho laboral vulnerado junto con el infortunio y ello creará un desconcierto tribunalicio porque una misma realidad laboral tendrá dos vías diferentes que, en orden a la celeridad y economía procesal, solo complicará la solución".

"Esta vulneración al derecho de trabajar no se circunscribe a los conciliadores, sino que abarca a la decena de miles de trabajadores que todos los años, siendo víctimas del incumplimiento de las normas laborales, consiguieron justa reparación por una vía legítima y eficaz y que se viene a derogar por 'una necesidad y urgencia' inventada abusivamente para encubrir la maniobra política de eludir el camino parlamentario", remarcó Igolnicov.

El régimen vigente delegaba en el juez laboral la decisión, una vez determinada la incapacidad del trabajador, del grado de la invalidez y el monto indemnizatorio que le correspondía.

El principal cuestionamiento que surge del sistema establecido por la nueva normativa es que la Comisión Médica obtiene atribuciones asimilables a las de un juez.

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