08 de Agosto de 2025 - 18:08

“El Señor del Tabaco” desistió de su demanda ante la Corte Suprema, aceptando la decisión de ARCA

Pablo Otero, conocido como "el Señor del tabaco", desistió de su demanda ante la Corte Suprema en la causa “Tabacalera Sarandí SA c/ EN-AFIP-DGI s/ proceso de conocimiento”. De esta manera, el empresario acepta la decisión de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), y pagar 2000 millones de dólares en impuestos internos por los cigarrillos que comercializó en la última década.

Así lo pudo confirmar Minuto de cierre que tuvo acceso en exclusiva a la presentación judicial que hizo el letrado y apoderado de la compañía, Facundo Andrés Álvarez. El documento expresa: "siguiendo expresas instrucciones de mi mandante, vengo por el presente a comunicar a esa CSJN que mi mandante se ha acogido al régimen de regularización de la Ley N° 27.743 y, en línea con ello, mi mandante viene a desistir del proceso de marras en los términos del art. 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación".

En ese sentido, el texto indica: "En tales condiciones, teniendo en cuenta que las cuestiones planteadas en (y que son) objeto del proceso han devenido abstractas a raíz del acogimiento al régimen de regularización de la demanda y del desistimiento expresado en autos, solicitamos a esa CSJN en orden a los precedentes jurisprudenciales recientes de esa misma CSJN, sugerimos se adopte la medida pertinente para dejar sin efecto el llamamiento de autos, y devolver las actuaciones al tribunal de origen a fin de que reasuma su jurisdicción y decida lo que resulte pertinente respecto de la mencionada presentación".

Finalmente, en el petitorio del documento se solicita: "Se tengan presentes la manifestación y el desistimiento del proceso (art. 304, CPCCN) efectuados en el acápite precedente", y que "Se deje sin efecto el llamado de autos y se devuelvan las actuaciones al tribunal de origen a fin de que reasuma su jurisdicción y decida lo que por derecho corresponda en relación al desistimiento del proceso formulado, conforme lo decidiera esa CSJN en los precedentes jurisprudenciales recientes mencionados en el acápite I".

El lobby del Señor del tabaco para no pagar impuestos

Hasta ahora, Tabacalera Sarandí había logrado seguir operando sin cumplir las reglas fiscales a las que deben atenerse las demás empresas del rubro. La compañia del Señor del tabaco fue beneficiada gracias a decisiones judiciales a su favor gestión mediante de un lobbista que ha trabajado en distintos medios de comunicación, y de los cuales se fue por "sus manejos poco claros", según comentan fuentes que lo conocen. 

En 2018, Tabacalera Sarandí inició una demanda contra la exAFIP para cuestionar la constitucionalidad del impuesto interno a los cigarrillos, una disposición que ya no está en vigencia, dado que fue derogada por la Ley Bases.

Este gravamen representaba el 70 por ciento del precio de venta, pero además fijaba un valor mínimo, de modo que no se podía comercializar por debajo de ese piso, garantizando así que el impuesto tuviera efecto.

La empresa objetó la validez constitucional de esa regulación y obtuvo varias medidas cautelares otorgadas por el juez Enrique Lavié Pico, las cuales fueron ratificadas por la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal.

La Corte Suprema dejó sin efecto esas cautelares con el voto conjunto de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda (entonces miembro del tribunal), y con un voto individual de Ricardo Lorenzetti, quien presentó una fundamentación distinta y más detallada.

Durante ocho años, la compañía logró, gracias a fallos judiciales y medidas cautelares, no pagar ese impuesto y comercializar cigarrillos de marcas populares a un precio menor, alcanzando así el 35 por ciento del mercado, en detrimento de las firmas que venden marcas premium.

La Corte Suprema de Justicia había revocado medidas cautelares que respaldaban a la empresa, aunque Tabacalera Sarandí continuó sin abonar el impuesto debido a que contaba con dos fallos de fondo que avalaban su postura. En esos fallos, la Justicia declaró inconstitucional la ley que establecía montos mínimos para diversos productos vinculados al tabaco. Por este motivo, los tribunales habían ordenado ejecutar dichas sentencias, lo que le permitió a la compañía no realizar el pago.

Posteriormente, el máximo tribunal dispuso suspender la ejecución de esas resoluciones, lo que implicaba que la empresa debía comenzar a abonar el impuesto interno al tabaco. No obstante, aún quedaba pendiente resolver el debate de fondo respecto de la constitucionalidad del tributo.

La norma que fijó este impuesto provocó múltiples demandas judiciales de empresas tabacaleras de menor tamaño. Su argumento principal era que el piso mínimo elevado establecido por la ley las colocaba en desventaja frente a las grandes multinacionales del sector.

El 28 de mayo pasado, la Corte dejó sin efecto cuatro medidas cautelares que beneficiaban a Tabacalera Sarandí S.A., las cuales impedían que el fisco avanzara en el cobro del impuesto interno al tabaco. Una semana después, el tribunal adoptó la misma medida respecto de una cautelar similar que favorecía a la tabacalera santafesina Bronway Technology S.A.

En lo que respecta a la cuestión de fondo —la constitucionalidad o no de la normativa que regula el impuesto—, el caso fue remitido a la Procuración General de la Nación y aguarda un fallo definitivo del tribunal.

El conflicto adquirió una dimensión política cuando, durante el debate de la ley ómnibus original, se eliminó un capítulo que beneficiaba a Tabacalera Sarandí, por presión de diputados del PRO y de La Libertad Avanza. Sin embargo, la disposición volvió a incorporarse a través de una iniciativa de la Coalición Cívica y fue aprobada por la Cámara Baja dentro del texto de la actual Ley Bases.

La votación que permitió su reintroducción se definió gracias a un alto número de abstenciones. En términos generales, La Libertad Avanza y el PRO se manifestaron a favor de mantener el régimen que favorece a Otero, mientras que bloques provinciales y la Coalición Cívica impulsaron su modificación. La mayoría de los legisladores del Frente de Todos y de la izquierda optaron por abstenerse. El resultado final fue de 82 votos afirmativos, 77 negativos y 69 abstenciones.

La compañía de Otero fabrica las marcas Master Red, Red Point y Kiel, con precios considerablemente más bajos que los de sus competidores, las grandes multinacionales tabacaleras. Durante años, Otero se benefició de la protección otorgada por esas medidas cautelares.

 

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