12 de Septiembre de 2018 - 19:40

La Corte Suprema anuló la personería jurídica de comunidades mapuches

A pedido de la provincia de Neuquén, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la nulidad de la personería jurídica otorgada en 2002 a seis comunidades mapuches por el Gobierno nacional a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI).

La decisión del máximo tribunal fue adoptada por sus cinco miembros, con el voto propio del juez Horacio Rosatti, en su último acuerdo de ministros, el mismo en el que se resolvió no renovar la presidencia del máximo tribunal a Ricardo Lorenzetti y otorgársela a Carlos Rosenkrantz para el próximo período de tres años que comenzará en tres semanas.

La Corte declaró la nulidad de las resoluciones 15, 17, 18, 19, 20 y 21 dictadas el 19 de julio de 2002 por el INAI, como así también la número 30 del 31 de julio de ese mismo año dispuesta por el mismo organismo. La medida afecta a las comunidades Lof Maripil, Lof Gelay Ko, Lof Wiñoy Tayin Raquizuam, Lof Lonko Purran, Lof Lefiman y Lof Wiñoy Folil.

El fallo de la Corte fue firmado el mismo día en el que era extraditado a Chile el líder mapuche Facundo Jones Huala, por decisión del juez federal Gustavo Villanueva ratificada recientemente por el máximo tribunal y avalada por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a través del presidente Mauricio Macri.

Jones Huala, conocido por la defensa que en su nombre hicieron sus familiares y amigos en Chubut el año pasado y en el marco de la cual murió ahogado el tatuador Santiago Maldonado tras una represión de la Gendarmería, está acusado de haber cometido delitos comunes en el país vecino en el marco de las protestas mapuches por el reconocimiento de sus derechos.

El máximo tribunal le dio la razón a la provincia de Neuquén, que alegó no haber sido consultada por el Gobierno nacional cuando le otorgó la personería jurídica a las seis comunidades mapuches afectadas por la medida.

"La Provincia del Neuquén no fue informada ni consultada respecto de lo solicitado por las comunidades y, por consiguiente, no participó en la conformación del conjunto de datos que resultan relevantes para reconocer a una comunidad aborigen con personería jurídica", dijo el voto mayoritario del máximo tribunal con las firmas de Lorenzetti y Rosenkrantz, más las de sus colegas Elena Highton y Juan Carlos Maqueda.

"El INAI solo otorgó participación a la Provincia del Neuquén una vez que la decisión estaba tomada, momento a partir del cual le impuso la carga de demostrar que las personerías otorgadas causaban un perjuicio concreto a sus intereses y que había motivos para denegarlas", añadió el voto conjunto de la mayoría. De acuerdo con la interpretación de la Corte, a pedido de las autoridades neuquinas, el INAI actuó al otorgar estas personerías "sin el debido respeto a los poderes concurrentes de la provincia en la materia, por lo que corresponde declarar su nulidad". 

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