12 de Junio de 2017 - 18:27

Rechazan el planteo de CFK para ampliar investigación por la obra pública

La Justicia confirmó el rechazo a un planteo de Cristina Fernández de Kirchner para que se modifique y amplíe el "objeto procesal" a todas las obras públicas adjudicadas por el Estado entre 2003 y 2015 y que no se limite a las realizadas en Santa Cruz. Se trata de la causa en que la ex presidenta está procesada por asociación ilícita por el direccionamiento de los contratos hacia Lázaro Báez.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Cristina Fernández en la causa que investiga el direccionamiento de la adjudicación de contratos de obra pública en favor del dueño de Austral Construcciones, Lázaro Báez, en Santa Cruz.

Los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Ángela Ledesma confirmaron, de esta manera, el fallo de las instancias inferiores, que rechazaron el planteo de "readecuación del objeto procesal" de la causa en la que la ex mandataria es investigada como jefa de una "asociación ilícita".

El abogado de la ex presidenta, Carlos Beraldi, había requerido que se investiga la totalidad de las obras públicas adjudicadas desde el 25 de mayo de 2003 hasta el 9 de diciembre de 2015 en todo el territorio nacional.

El letrado sostuvo que "existe una notable incongruencia entre el hecho imputado y la investigación que han emprendido los fiscales que llevan la instrucción del presente proceso". "La imputación es imprecisa y esta circunstancia restringe severamente las facultades de defensa en juicio. La acusación se limita a la adjudicación de obra pública en la provincia de Santa Cruz, ni a la que fue concedida en favor del señor Lázaro Báez. El objeto de esta causa estaría dado por la comisión de presuntos delitos indeterminados a lo largo de todo el país", apuntó Beraldi.

El tribunal de la Cámara de Casación Penal consideró que el objeto procesal de la investigación "es delimitado por la parte acusadora en la etapa procesal correspondiente" y que la etapa de instrucción es "meramente provisorio", por lo que la descripción de los hechos imputados se terminarán de definir cuando la causa se eleve a juicio.

"La cuestión planteada por la defensa no se trata de sentencia definitiva, ni de auto que ponga fin a la acción, a la pena, o que haga imposible que continúen las actuaciones, ni tampoco deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena", apuntó Hornos en sus argumentos. 

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