23 de Octubre de 2016 - 11:03

Desde el Gobierno prohíben que CFK cobre doble asignación vitalicia

Así lo resolvió la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Carlos Balbín

El Gobierno resolvió que la ex presidente, Cristina Fernández, no podrá continuar cobrando, en forma acumulativa, la asignación mensual vitalicia que percibe como ex mandataria y la pensión de su marido fallecido, Néstor Kirchner: si hasta ahora venía percibiendo un bruto de más de $ 330.000, ahora su haber se reducirá a poco más de la mitad.

Así lo resolvió la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Carlos Balbín, un jurista y catedrático especializado en derecho administrativo. Balbín llegó a ese cargo de la mano de la diputada Elisa Carrió (CC), pero este año se convirtió en un hombre de permanente consulta dentro del Gobierno y su decisión no sorprende a los funcionarios de Mauricio Macri.

El dictamen que Balbín firmó a última hora del viernes, establece que la ley 24.018, que regula la asignación que cobran los ex presidentes, ex vicepresidentes y ex ministros de la Corte Suprema, es un régimen “especial”, de “privilegio”.

El dictamen de Balbín, como todos los dictámenes de la Procuración del Tesoro, es obligatorio para todo los integrantes del Poder Ejecutivo, por lo cual una vez que Stanley dicte la aludida resolución, Cristina Fernández pasará a cobrar poco más de la mitad de lo que venía percibiendo.

Un dato curioso: mientras que la ex presidente, como se dijo, percibía los dos haberes por un total de $ 330.000 brutos, la única persona que se encontraba en una situación similar, María Estela Martínez de Perón -que podría haber pretendido acumular su propio beneficio con la pensión por fallecimiento de Juan Domingo Perón- sólo viene cobrando unos $ 82.900 mensuales.

La ley 24.018 establece que el presidente de la Nación, el vice y los jueces de la Corte Suprema no cobran una jubilación, sino una asignación mensual vitalicia, que equivale al ciento por ciento de lo que cobra un ministro de la Corte, un beneficio cuyo monto en la actualidad orilla los $200 mil.

Al mismo tiempo, el artículo 4 regula el cobro de la pensión por las viudas e hijos, y el artículo 5 determina que el cobro de aquella asignación mensual especial que reconoce el artículo 1 es incompatible con toda otra pensión, jubilación o haber nacional o provincial.

La discusión surgió porque Néstor Kirchner venía cobrando esa asignación como ex presidente desde diciembre de 2007 -cuando terminó su mandato presidencial- y, luego de su muerte, esa pensión pasó a su mujer. 

Comentarios